IMPUGNACIÓN DE LA CANDIDATURA DE GRISELDIS BUROSE GOERSCH. PUEDE REVERTIRSE
12/08/08 Investigación efectuada por el diario Panguipulli, permitiría afirmar que la impugnación de la candidatura a concejal como candidata independiente con el patrocinio del partido Renovación Nacional de Griseldis Burose Goersch, podría subsanarse en forma positiva para la candidata, dentro de los plazos previstos en el cronograma electoral. En efecto con fecha 10 de Agosto el servicio electoral de la región de los Ríos, publicó la nómina de candidaturas aceptadas y rechazadas, para las próximas elecciones del 26 de Octubre. En la comuna de Panguipulli, la única candidatura impugnada fue la de la Independiente por Renovación nacional señora Griseldis Burose Goersch. El argumento legal esgrimido por el SERVEL, es que la candidata no cumpliría el requisito que establece la Constitución Política de la República, en relación a estar en posesión de cartas de nacionalización por un período no inferior a cinco años. No obstante, por los antecedentes que maneja el diario Panguipulli, no correspondería aplicar tal causal de impugnación en atención a que la candidata accedió a la nacionalidad chilena, por otro mecanismo constitucional, el cual no limita ni restringe el acceso a cargos de elección popular. En efecto. La Constitución establece dos tipos de fuentes legales, que originan la condición de chileno a personas nacidas en el extranjero La primera de ellas emana del Capítulo II, sobre nacionalidad y ciudadanía, de la Constitución política de Chile, La Carta fundamental establece en su artículo 10º número 4 que “Son chilenos los extranjeros que obtuvieron carta de nacionalización en conformidad a la ley”.
21 años de edad 5 años de residencia continuada en Chile. Permiso de permanencia definitiva. El mismo cuerpo legal previene que quienes obtengan la nacionalidad chilena de esta manera, No pueden optar a cargos de elección popular antes de 5 años de recibida la carta de nacionalización Son chilenos los que obtuvieron especial gracia de nacionalización por ley. Por ejemplo; Por haber prestado importantes servicios a Chile o a la humanidad. En el caso de la candidata Griseldis Burose Goersch, de acuerdo a los antecedentes investigados por este medio, obtuvo la nacionalidad chilena por este último mecanismo. Es decir, la promulgación de una ley impulsada por un grupo de senadores: Coloma, Espina, Silva, Valdez y Viera Gallo, quienes plantearon la iniciativa legal por el aporte de la señora Griseldis Burose Goersch. Con fecha 10 de Marzo de 2004. Posteriormente la cámara de diputados con fecha 24 de Junio, ratificó la iniciativa legal por 58 votos a favor, 0 abstención y 0 rechazo. Todo lo anterior derivó en la promulgación de la Ley N ° 19.957 del Ministerio del Interior, y que textualmente establece:
MINISTERIO DEL INTERIOR LEY NUM. 19.957 CONCEDE LA NACIONALIDAD CHILENA, POR ESPECIAL GRACIA, A LA SEÑORA GRISELDIS IRMINTRAUD BUROSE GOERSCH Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente "Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, a la señora Griseldis Irmintraud Burose Goersch.". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 16 de julio de 2004.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior. Esta ley fue publicada en el Diario Oficial con fecha 05 de Agosto de 2004.
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